Más información sobre el canal de denuncias
El Canal de Denuncias es el sistema interno de información que permite reportar cualquier actuación que suponga una efectiva limitación de los derechos y garantías previstos en la Ley 2/2023.
A través del Canal de denuncias de EMACSA pueden plantearse consultas y denunciar posibles incumplimientos de los principios y valores de nuestro Código de Conducta, tanto de forma anónima como nominativa, siendo tramitadas por el COMITÉ DE ÉTICA Y CUMPLIMIENTO, garantizándose la confidencialidad, en los términos que regula el Reglamento de funcionamiento del Comité de Ética y Cumplimiento.
El Canal de Denuncias estará a disposición, entre otros, y en los términos que regula el Código de Conducta, de los miembros del Consejo de Administración, directivos y personas trabajadoras de EMACSA, así como de proveedores y contratistas, quienes tengan relación con la empresa y cualquier otra persona que trabaje para o bajo la supervisión y dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores, para que puedan comunicar infracciones de forma segura y confidencial.
Este Canal de Denuncias cumple con todos los requisitos establecidos por la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
De conformidad con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, mediante acuerdo del Consejo de Administración de EMACSA se designa como Responsable del Sistema Interno de Información al Comité de Ética y Cumplimiento de EMACSA.
Corresponde al Comité de Ética y Cumplimiento asegurar el adecuado funcionamiento del sistema interno de información, y gestionar las comunicaciones o denuncias recibidas a través de los medios establecidos para tal fin.
Las personas que comuniquen infracciones a través de este Sistema interno de información no podrán ser objeto de represalias o amenazas de represalias y tendrán derecho a acceder a las medidas de protección que se recogen en el Título VII de la Ley 2/2023, de 20 de febrero.
En caso de que considere que la denuncia debería transcender el ámbito interno de la Empresa Municipal de Aguas de Córdoba S.A., puede dirigirse a la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, que constituye la autoridad competente en la Comunidad Autónoma de Andalucía como autoridad independiente de protección del informante A.A.I. (artículo 16 y siguientes de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción).
PR/CD/001 – Sistema interno de información (Canal de denuncias)

